Comentario
Nuevas Reglamentaciones del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) sobre el uso de alimentos y aditivos.
La investigación epidemiológica demostró que los casos de Encefalopatía Espongiforme Bovina (BSE en inglés, EEB en español), aparecidos en Europa y más recientemente en EE.UU. estuvieron asociadas al consumo de proteínas de origen mamífero contaminados con el agente de la enfermedad.
El Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET), fue aprobado por Res.901 (23/12/2002) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, organismo descentralizado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA). De la evaluación de la probabilidad de ocurrencia de la BSE y otras EET se demostró que el riesgo de presencia de la enfermedad en la República Argentina (RA) es insignificante, dado que por cumplir con las recomendaciones del Capítulo 2.3.13 del Código Zoosanitario Internacional de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), la RA ha sido categorizada por la UE en el "Nivel I de riesgo geográfico" (alta seguridad alimentaria) y por Australia como "país de clase A". Esto significa que "ofrece óptimas condiciones para la exportación de carnes para consumo humano".
En ese marco, tomando la experiencia recogida en nuestro país y en otros, para mejorar la ejecución y control de las acciones tendientes a cumplir con las estrategias del mencionado Servicio, se han derogado un conjunto de resoluciones del SENASA y reemplazado y ampliado por las dos más importantes que aquí se presentan.
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